Artículo 43 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 43 dice que hay una institución llamada Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, que se encarga de hacer cumplir los arrestos por faltas administrativas, como cuando te detienen por desorden en la vía pública. También es la responsable de ejecutar sanciones que no sean delito, pero que te limiten la libertad hasta por 36 horas, siempre y cuando un juez cívico u otra autoridad con poder lo haya ordenado por escrito en una resolución. En pocas palabras, este lugar es donde te llevan si te arrestan por una falta leve y te tienen máximo un día y medio.
Texto oficial
Artículo 43. El Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, es la institución encargada del cumplimiento de arrestos administrativos, así como de ejecutar las sanciones administrativas o medidas restrictivas de la libertad hasta por treinta y seis horas, impuestas en resolución dictada por la persona titular de un Juzgado Cívico o autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.