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Artículo 62 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las áreas legales de los centros penitenciarios tienen que seguir las instrucciones y peticiones que les haga la Dirección Ejecutiva de Asuntos Penitenciarios. Esto se hace para que se resuelvan bien los asuntos legales del personal encargado de estos temas. En pocas palabras, los abogados de las prisiones deben hacer caso a lo que les pida su jefatura directa para defender los intereses de la dependencia.

Texto oficial

Artículo 62. Las Subdirecciones Jurídicas, Técnicas Jurídicas, y Jurídicas y Normativas de los Centros Penitenciarios, deberán atender las directrices y requerimientos de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Penitenciarios, con la finalidad de garantizar la atención de los asuntos y defensa jurídica de la Subsecretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.