Artículo 84 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si llevas armas, drogas o cosas prohibidas cuando entras a un centro de detención, las autoridades lo reportarán al Ministerio Público (que es como la fiscalía). Eso es para que empiecen una investigación formal en tu contra. No es solo que te quiten el objeto, sino que puedes enfrentar un proceso legal por haberlo metido.
Texto oficial
Artículo 84. En el caso de que la persona privada de la libertad a su ingreso al Centro introduzca armas, narcóticos u objetos cuyo acceso se encuentra prohibido, se hará del conocimiento del Ministerio Público con el fin de que se inicie la carpeta de investigación correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.