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Artículo 86 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien llega a una cárcel de la Ciudad para visitar a un preso, le van a tomar sus datos. Esa información la meten a un sistema llamado SICAVI y también arman un expediente con lo básico: tu identificación, tu nombre completo y tu foto. Así que cada vez que quieras entrar a visitar a alguien, ya van a tener un registro tuyo desde la primera vez.

Texto oficial

Artículo 86. Al ingreso de las personas privadas de la libertad a un Centro Penitenciario de la Ciudad se realizará la ficha de identificación de las personas que lo visiten. La cual será registrada en el Sistema Integral de Control de Acceso para Visitantes (SICAVI), además se integrará un expediente único que contará cuando menos, con los siguientes datos: a) Ficha de identificación; b) Nombre del visitante; y c) Fotografía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.