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Artículo 59 de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poner o usar tuberías y cualquier tipo de conductos que lleven líquidos o gases en la Ciudad de México, necesitas un permiso. Ese permiso se tramita como lo dice el reglamento y las otras leyes que aplican al caso. Lo mismo aplica si quieres darles mantenimiento o quitarlas. Básicamente, no puedes hacer nada con esos ductos sin antes obtener la autorización correspondiente.

Texto oficial

Artículo 59. Para la instalación y uso de la infraestructura, su mantenimiento o el retiro de ductos y conducción de toda clase de fluidos en el Distrito Federal, se requerirá autorización en los términos establecidos en el Reglamento y en los demás ordenamientos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.