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Artículo 62 de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 62 dice cuándo se puede hacer una relotificación (que es básicamente reacomodar los terrenos, como si partieras un pastel en pedazos más chicos o más grandes). Esto se permite solo en cuatro situaciones: primero, si es para mejorar la zona urbana, como poner banquetas o servicios. Segundo, si lo piden quienes participan en un proyecto de desarrollo (un "polígono de actuación"). Tercero, si se necesita ajustar los límites entre dos o más terrenos vecinos. Cuarto, si el Jefe de Gobierno lo autoriza por otro motivo especial. También aclara que las reglas detalladas de los primeros tres casos las define el reglamento de la ley.

Texto oficial

Artículo 62. Podrá autorizarse la relotificación cuando: I. Se trate de mejoramiento urbano; II. Lo soliciten quienes intervengan en un sistema o polígono de actuación; III. Se rectifiquen los linderos de dos o más predios colindantes; y IV. En cualquier otro caso que determine el Jefe de Gobierno. El reglamento determinará los términos de las fracciones I a III anteriores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.