Artículo 74 de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres poner, cambiar o quitar un anuncio o letrero que se vea desde la calle, necesitas un permiso especial del gobierno, aunque a veces solo basta con avisarles. También aplica si vas a construir, instalar, modificar o demoler una estructura que sostenga esos anuncios. Cada municipio o autoridad local te dirá los requisitos y el trámite a seguir, y pueden cancelarte el permiso si no cumples con las reglas.
Texto oficial
Artículo 74. La fijación, modificación y eliminación de publicidad exterior y anuncios visibles desde la vía pública, así como la construcción, instalación, modificación, retiro y, en su caso, demolición de estructuras que sustenten anuncios o publicidad exterior, requieren de licencia o autorización temporal de la autoridad competente, o bien de la presentación de aviso, según corresponda, de conformidad con las disposiciones aplicables las cuales determinarán los requisitos y procedimientos para su otorgamiento y los supuestos de revocabilidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.