Artículo 35 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La SEMOVI (que es la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México) solo puede dar permisos de tránsito o transporte siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley de Movilidad de la Ciudad. Esto significa que no pueden inventar reglas nuevas a la hora de autorizar un permiso; todo debe hacerse como ya está escrito en esa ley. Si pides un permiso, ellos lo revisarán usando únicamente lo que la ley marca.
Texto oficial
Artículo 35. Los permisos que emita la SEMOVI se realizarán de conformidad con lo establecido en la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.