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Artículo 48 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que la licencia se acaba por varias razones. Una es cuando se termina el tiempo para el que te la dieron. Otra es si tú mismo renuncias a ella. También si te la cancelan o la declaran inválida. Y si el dueño de la licencia quiebra o su empresa se liquida, también se acaba.

Texto oficial

Artículo 48. La Licencia se extingue por las siguientes causas: I. Vencimiento del plazo por el que se haya otorgado; II. Renuncia; III. Revocación o nulidad; IV. Quiebra o liquidación del licenciatario, y V. Las demás que señale el Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.