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Artículo 5 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La publicidad exterior son los anuncios, carteles o letreros que ves en la calle, en postes, edificios o espacios públicos, y que están hechos para que todos los que pasen los vean. Su propósito es promover productos, servicios, campañas o dar información útil para la gente. Si alguien quiere poner, cambiar o quitar uno de estos anuncios, tiene que hacerlo siguiendo las reglas de esta ley, su reglamento y otras normas relacionadas. Esto aplica para todo lo que forma parte del anuncio, como su estructura o diseños.

Texto oficial

Artículo 5. La publicidad exterior es todo medio publicitario que se instala en el espacio público u otros bienes y que es visible desde el exterior a la vía pública. Su finalidad es difundir propaganda, publicidad comercial o información diversa de interés general. La instalación, modificación o retiro de esta clase de publicidad exterior comprenderá el de todos sus elementos y deberá apegarse a lo establecido por la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.