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Artículo 82 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un funcionario público te da una licencia, permiso o autorización que no cumple con lo que dice esta ley, ese servidor público se va a meter en problemas. Las autoridades lo pueden sancionar por su falta, ya sea con una multa, con un castigo en su trabajo o hasta con una demanda penal. Esto aplica sin importar si a ti te benefició ese permiso mal dado, porque quien lo violó fue él.

Texto oficial

Artículo 82. La persona servidora pública que expida una Licencia, Permiso o Autorización en contravención de lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones aplicables, será sancionada en términos de las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, civiles o penales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.