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Artículo 11 de la LEY DE HUERTOS URBANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social tiene dos tareas principales. Primero, si tú quieres empezar tu propio huerto urbano, esta secretaría puede darte apoyos del gobierno para que lo hagas. Segundo, se encarga de crear planes, programas y acciones relacionadas con los huertos urbanos, pensando en el bienestar de la comunidad y ayudando a que haya más alimentos seguros y sustentables. Todo esto lo hace trabajando junto con la Secretaría del Medio Ambiente.

Texto oficial

Artículo 11.- La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social tendrá las siguientes atribuciones: I. Impulsar, mediante apoyos gubernamentales, a las personas físicas que manifiesten su interés por iniciar un proyecto de huerto urbano; y II. Formular, conducir y desarrollar políticas públicas, programas y acciones, relativas a la presente Ley por medio de la creación de huertos urbanos con un enfoque social que coadyuve a la política de seguridad, soberanía y sustentabilidad alimentaria, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente, y

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.