Artículo 117 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que van a crear un instituto llamado "Para el Envejecimiento Digno". Va a ser una oficina que ayuda con asuntos técnicos y operativos, pero depende de la Secretaría (como su jefe). En pocas palabras, es un equipo especializado que trabajará para apoyar a las personas mayores, pero siempre bajo las órdenes de la dependencia de gobierno que lo crea.
Texto oficial
Artículo 117. Se crea el Instituto para el Envejecimiento Digno el cual será una unidad administrativa de apoyo técnico- operativo, adscrita a la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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