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Artículo 3 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo quiere decir que la ley protege a las personas que ya tienen 60 años o más. A esas personas, la ley las llama "personas mayores". Si tienes 60 años cumplidos, ya entras en esta categoría y la ley te reconoce y te da protección.

Texto oficial

Artículo 3°. Son personas sujetas de reconocimiento y protección de la presente ley las personas mayores, entendiéndose por estas aquellas mayores de sesenta años. CAPÍTULO SEGUNDO Principios Rectores

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.