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Artículo 48 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud debe crear maneras de informar a toda la gente sobre cómo armar una dieta balanceada que ayude a las personas mayores a alimentarse bien. Para lograrlo, tiene que hacer tres cosas: primero, organizar campañas para dar consejos de nutrición; segundo, publicar folletos y anuncios en la tele, radio y redes para que lleguen a todos; y tercero, hacer acuerdos con escuelas, hospitales y empresas para que también den pláticas sobre cómo comer saludable.

Texto oficial

Artículo 48. La Secretaría de Salud diseñará mecanismos de información para la población en general a fin de que se conozcan los componentes de una dieta balanceada que favorezca una nutrición adecuada de las personas mayores para lo cual deberá: I. Organizar campañas de orientación e información nutricional; II. Publicar materiales de orientación nutricional y campañas de difusión en medios masivos de comunicación, y III. Establecer convenios específicos de colaboración con instituciones y organismos públicos y privados que les proporcionen orientación alimentaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.