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Artículo 74 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Digital del gobierno va a crear una herramienta para apoyar a las personas mayores a distancia, como una app o un sistema en línea. Este servicio ayuda a los adultos mayores en emergencias o desastres, por ejemplo, para pedir auxilio si están solos o en peligro. La herramienta forma parte de los derechos que tienen las personas mayores a ser tratadas igual que cualquier otra ante la ley. En pocas palabras, el gobierno quiere usar la tecnología para cuidar y proteger a los abuelitos cuando estén en apuros.

Texto oficial

Artículo 74. La administración pública a través de la Agencia Digital desarrollará una herramienta para brindar acompañamiento a las personas mayores de manera remota, el cual entre otros servicios determinados en la presente ley coadyuvará a brindarles apoyo ante situaciones de emergencia o desastre. Sección XXII Derecho de igual reconocimiento como persona ante la ley

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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