Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 24 de la LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Dirección General puede hacer su trabajo con ayuda de las oficinas y equipos que estén marcados en el Estatuto Orgánico, que es como el reglamento interno del instituto. Esto quiere decir que no trabaja solo, sino que cuenta con varias áreas y personas para cumplir con lo que la ley le pide.

Texto oficial

Artículo 24.- Para el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley, la persona titular de la Dirección General se auxiliará de las unidades administrativas y órganos que establezca el Estatuto Orgánico. CAPÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.