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Artículo 9 del CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Código de Ética te da reglas para actuar con honestidad y responsabilidad en el trabajo, pero no cubre todas las situaciones que puedas enfrentar como servidor público. Por eso, estas reglas no reemplazan ni anulan lo que dicen otras leyes o normas que también te aplican. Además, siempre debes usar tu buen juicio y, si tienes dudas sobre cómo actuar bien, puedes preguntarle al personal autorizado para que te oriente.

Texto oficial

Artículo 9. Si bien este Código de Ética provee una amplia gama de acciones y prohibiciones como Reglas de Integridad de los patrones de conducta esperados a partir de los Principios, Valores y Directrices del Servicio Público, este instrumento no presenta todas las situaciones que es probable que las personas servidoras públicas enfrenten. Por consiguiente, las reglas de Integridad de este Código de Ética y de los códigos de conducta que se deriven, no reemplazan, sustituyen o limitan la responsabilidad y obligaciones de toda persona servidora pública integrante de la Administración Pública consignadas en otras disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. Así como ejercer un buen criterio y en su caso, consultar al personal facultado respecto a la conducta correcta esperada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.