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Artículo 10 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las personas jóvenes son iguales ante la ley, o sea, nadie te puede tratar diferente por tu edad. Tienes derecho a que se respete tu libertad y a que te protejan sin hacer distinciones de ningún tipo. Además, cuando enfrentes algún proceso legal, te deben dar el debido proceso, que significa que te tienen que escuchar y juzgar de manera justa. Está prohibido perseguirte, reprimir tus ideas o atentar contra tu dignidad, tu seguridad y tu salud física y mental. Básicamente, nadie puede hacerte daño ni discriminarte solo por ser joven.

Texto oficial

Artículo 10.- Las personas jóvenes tienen derecho a la igualdad ante la ley, al respeto de su libertad, al ejercicio de la misma, a una protección legal sin distinción alguna, así como al debido proceso. Prohibiéndose cualquier acto de persecución, represión del pensamiento y dignidad de la persona, así como, en general, todo acto que atente contra su seguridad e integridad física y mental. CAPÍTULO II DEL DERECHO A LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.