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Artículo 107 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Finanzas tiene varias tareas importantes para apoyar a las y los jóvenes. Primero, debe crear ideas para que los impuestos ayuden a los jóvenes a conseguir su primer trabajo. También tiene que dar beneficios de impuestos a empresas (públicas o privadas) que apoyen proyectos de jóvenes. Además, se encarga de administrar un fondo de dinero del gobierno de la Ciudad para proyectos juveniles, revisar el presupuesto del Instituto de la Juventud para que respete los derechos humanos, y buscar los recursos necesarios para cumplir con la ley. Por último, también debe hacer cualquier otra cosa que le pida esta ley o reglas similares.

Texto oficial

Artículo 107.- La Secretaría de Finanzas tiene las atribuciones siguientes: I. Proponer y estimular una política fiscal que apoye la Primera Experiencia Laboral; II. Proponer estímulos fiscales para las empresas del sector público y privado que apoyen proyectos de las personas jóvenes; III. Fungir como fideicomitente de la administración pública local en los fideicomisos constituidos por el Jefe de Gobierno para proyectos de juventud; IV. Revisar el presupuesto del Instituto, que a su vez deberá diseñarse y ejecutarse con enfoque de derechos humanos y perspectiva juvenil, V. Impulsar acciones tendentes para que se cuenten con recursos que permitan dar cumplimiento a las acciones que lo requieran, de acuerdo a presente Ley, y VI. Las demás que le otorgue esta ley y otros ordenamientos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.