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Artículo 110 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México se encarga de estas cosas para los jóvenes: Diseñar y poner en marcha planes para mejorar su calidad de vida, tomando en cuenta la opinión de la gente y coordinándose con las alcaldías. También debe asegurarse de que los jóvenes tengan acceso a derechos básicos como comida, espacios deportivos y recreación. Otra de sus funciones es fortalecer la convivencia en la ciudad, fomentando el sentido de pertenencia y el respeto entre todos los jóvenes. Además, tiene que crear reglas claras para que los jóvenes puedan exigir sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Por último, también cumple con cualquier otra tarea que le den esta ley u otras leyes aplicables.

Texto oficial

Artículo 110.- La Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal tiene las atribuciones siguientes: I. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas generales para el desarrollo social con la participación ciudadana, que coadyuven al mejoramiento de las condiciones de vida de las personas jóvenes, así como establecer los lineamientos generales y coordinar los programas específicos que en esta materia desarrollen las delegaciones; II. Promover, proteger y garantizar el cumplimiento de los derechos sociales universales de las personas jóvenes, en particular en materia de alimentación, infraestructura social, deporte y recreación; III. Fomentar la reconstrucción del tejido social urbano con base en la identidad de pertenencia a la ciudad, la comunidad y el respeto de los derechos de todas las personas jóvenes; IV. Instrumentar mecanismos y procedimientos que garanticen la plena exigibilidad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas jóvenes en el marco de las atribuciones del Distrito Federal; y V. Las demás que le otorguen la presente ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.