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Ley
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
117

Artículo 117 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Movilidad tiene dos tareas principales: la primera es crear reglas para mejorar el transporte público, tomando en cuenta las necesidades de los jóvenes y sobre todo de las personas con discapacidad. La segunda es encargarse de cualquier otra responsabilidad que le den esta ley u otras leyes relacionadas.

Texto oficial

Artículo 117.- A la Secretaría de Movilidad tiene las atribuciones siguientes: I. Establecer una política de promoción de transporte público considerando la situación de las personas jóvenes, especialmente de las personas discapacitadas; y II. Las demás que le otorgue esta ley, y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 23) ↗

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