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Ley
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
123

Artículo 123 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 123 dice que el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social tiene tres trabajos principales. Primero, debe revisar cómo van los programas y leyes que ayudan a los jóvenes en la Ciudad de México, para ver si están funcionando bien. Segundo, puede hacer sugerencias o comentarios a las oficinas del gobierno que manejan esos programas. Y tercero, también puede hacer otras tareas que le encarguen esta misma ley u otras reglas que tengan que ver con el tema.

Texto oficial

Artículo 123.- El Consejo de Evaluación del Desarrollo Social tiene las atribuciones siguientes: I. Realizar la evaluación externa de la política social juvenil en su conjunto y de los programas sociales realizados e implementados por las dependencias, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como de los marcos jurídicos dirigidas a las personas jóvenes; II. Realizar recomendaciones y observaciones a las dependencias ejecutoras de los programas evaluados y III. Las demás que prevea la presente ley, y los demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 24) ↗

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