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Artículo 125 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 125 dice que la Escuela de la Administración Pública de la CDMX tiene varias funciones, todas enfocadas en mejorar el trato y las políticas para los jóvenes. Básicamente, debe capacitar a los servidores públicos (los que trabajan en el gobierno) para que entiendan a los jóvenes y respeten sus derechos humanos. También tiene que ayudar a que estos servidores aprendan a resolver problemas reales de los jóvenes y a crear políticas públicas que sí los beneficien. Además, la Escuela debe investigar temas importantes para la Ciudad de México, dar asesoría a oficinas de gobierno o a cualquier persona sobre asuntos de juventud, y hacer cualquier otra cosa que la ley le pida.

Texto oficial

Artículo 125.- La Escuela de la Administración Pública del Distrito Federal, tiene las atribuciones siguientes: I. Contribuir a la formación y profesionalización de las personas que integran el servicio público de la administración del Distrito Federal, con una perspectiva juvenil y de respeto a los derechos humanos de las personas jóvenes; II. Contribuir a desarrollar destrezas en las personas que integran el servicio público en la aplicación del conocimiento para la solución de problemas y capacidad para incorporar enfoques integrados en la formulación de las políticas públicas orientadas a lograr impacto social en las personas jóvenes; III. Generar nuevo conocimiento sobre temas y problemas que conciernan al presente y futuro de la Ciudad de México, bajo una perspectiva metropolitana, y cuyos resultados inspiren una creciente formulación de mejores políticas públicas en materia de juventud; IV. Proporcionar asesoría a la Administración Pública, y en general, a personas físicas, morales o jurídicas sobre asuntos de la Ciudad de México, en un marco de corresponsabilidad para la solución de problemáticas públicas en materia de juventud, en los términos de la legislación aplicable; y V. Las demás que prevea esta Ley, y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.