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Ley
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
72

Artículo 72 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una persona joven está involucrada en un proceso legal, los fiscales y jueces deben usar la tecnología y los métodos más modernos disponibles para guardar la información de ese joven de forma segura. Esto lo hacen para evitar que le hagan daño, cuidar su salud física y mental, y asegurarse de que pueda crecer sin problemas. Básicamente, la ley les exige que protejan los datos personales de los menores con todo lo que tengan a su alcance, para no ponerlos en riesgo.

Texto oficial

Artículo 72.- Las autoridades ministeriales y judiciales emplearán todos los medios científicos y técnicos más avanzados que se conozcan para recibir y salvaguardar la información de las personas jóvenes, a fin de preservar su integridad, salud física y mental, y proteger su sano desarrollo.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 13) ↗

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