- Ley
- LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Rural va a revisar y dar su opinión sobre los temas en los que la Secretaría y el gobierno federal trabajen juntos. Esto significa que, cuando haya asuntos compartidos entre ambos, el Consejo analizará lo que están haciendo y dirá qué le parece. No toma decisiones ni manda, solo opina.
Texto oficial
Artículo 13.-El Consejo Rural conocerá y opinará sobre los asuntos que en materia concurrente desarrollen la Secretaría con la autoridad federal correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.