Artículo 22 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada dos años, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, junto con el Consejo Rural, tiene que hacer y publicar un informe sobre cómo va el campo y el desarrollo rural en la Ciudad de México. Ese informe debe juntar la información de todas las oficinas del gobierno central y también de las alcaldías. Para que sea posible, todas esas dependencias y órganos políticos tienen que entregarle a la Secretaría los datos que les pida.
Texto oficial
Artículo 22.- La Secretaría, con la participación que corresponda del Consejo Rural, deberá elaborar y publicar un informe bianual sobre la situación que guarda el desarrollo agropecuario y rural de la Ciudad de México, que integre tanto la información interdependencial sobre la materia de la administración central como el de las alcaldías, para lo cual las dependencias, entidades y los órganos político administrativos deberán entregar a la Secretaría la información que le solicite. Sección II Del suelo rural
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.