Artículo 30 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede sugerir que se den descuentos en impuestos y apoyos económicos para mejorar las actividades del campo en la Ciudad de México. Esto incluye apoyo a la inversión, cambiar de cultivos o productos, y ayudar en la producción, venta y transformación de lo que se cosecha. Los beneficios son para quienes trabajan en agricultura o ganadería en zonas rurales. La idea es que sea más fácil y rentable trabajar en el campo.
Texto oficial
Artículo 30.- Para el fomento de las actividades agropecuarias y económicas del medio rural de la Ciudad de México, la Secretaría podrá proponer que se otorguen estímulos fiscales y apoyos a la inversión, reconversión productiva, producción, comercialización e industrialización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.