Artículo 55 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad de México va a apoyar la creación y el fortalecimiento de grupos, empresas y organizaciones del campo, con el objetivo de mejorar cómo se producen, procesan y venden productos como verduras, pescado o madera. Para esto, va a darle prioridad a la gente y comunidades más pobres o vulnerables. Las acciones que hará incluyen: capacitar a estos grupos, enseñarles los programas del gobierno, preparar técnicos y líderes, promover que se organicen mejor, crear nuevas asociaciones para una producción que no dañe el medio ambiente, hacer más fuertes a las organizaciones que ya existen y ayudarles a tener más poder para pedir apoyo o negociar. También puede incluir otras acciones que se definan en el reglamento.
Texto oficial
Artículo 55.- El Gobierno de la Ciudad de México fomentará la integración de asociaciones y, organizaciones, agroindustrias y empresas rurales, y fortalecerá las existentes, a fin de impulsar el mejoramiento de los procesos de producción, industrialización y comercialización de los productos agropecuarios, acuícola y forestales. Lo anterior, dando prioridad a los sectores de población más débiles económica y socialmente y a sus organizaciones, a través de las siguientes acciones: I. Habilitación de las organizaciones de la sociedad rural para la capacitación y difusión de los programas oficiales y otros instrumentos de política para el campo; II. Capacitación de cuadros técnicos y directivos; III. Promoción de la organización productiva y social en todos los órdenes de la sociedad rural; IV. Constitución de figuras asociativas para la producción y desarrollo rural sustentable; V. Fortalecimiento institucional de las organizaciones productivas y sociales; VI. Fomento a la elevación de la capacidad de interlocución, gestión y negociación de las organizaciones del sector rural; y VII. Las que determine el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.