Artículo 12 de la LEY DE PROTECCIÓN Y FOMENTO AL EMPLEO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a publicar una convocatoria donde expliquen cómo pedir el Seguro. En esas reglas debe decir, por lo menos, qué cubre el seguro y qué documentos necesitas. También te van a pedir firmar una carta compromiso donde aceptas tus obligaciones si te dan el beneficio. Además, deben explicarte paso a paso el trámite que tienes que hacer, y decirte a dónde ir para entregar tu solicitud o pedir ayuda. Y si la Secretaría o el Reglamento agregan otros requisitos, también los incluirán.
Texto oficial
Artículo 12.- La Secretaría expedirá la convocatoria para acceder al Seguro y sus bases de participación establecerán cuando menos: I. Las características del Seguro a otorgarse; II. La documentación y demás requisitos necesarios para acceder al Seguro; III. El modelo de carta compromiso que deberán suscribir los interesados, a efecto de que conozcan las obligaciones que adquieren quienes son acreedores a dicho beneficio; IV. El procedimiento que habrán de agotar los interesados en obtener el seguro; V. El domicilio de las oficinas y módulos a los que habrán de acudir los interesados para presentar su solicitud y pedir orientación o aclaraciones, y VI. Las demás que determine la Secretaría y el Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.