Artículo 14 de la LEY DE PROTECCIÓN Y FOMENTO AL EMPLEO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como beneficiario del seguro, tienes la obligación de entregar a la Secretaría los documentos que te pidan para que te den, suspendan o reanuden tus prestaciones. También debes participar en programas de empleo o de capacitación que la Secretaría te indique. Vas a firmar una carta compromiso donde aceptas recibir las prestaciones por desempleo en las condiciones que ellos establezcan. Si dejas de cumplir los requisitos o pierdes el derecho al apoyo, tienes que avisar para darte de baja. Además, debes reportar cualquier cambio de domicilio y siempre decir la verdad, porque si mientes, te quitarán los beneficios y podrías tener problemas legales.
Texto oficial
Artículo 14.- Los Beneficiarios del Seguro se encuentran obligados, entre otras acciones, a: I Entregar a la Secretaría, la documentación e información que reglamentariamente se determine a efectos del otorgamiento, suspensión o reanudación de las prestaciones que marque la presente Ley; II. Participar en programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales que determine la Secretaría; III. Suscribir una carta compromiso en la que se adquiere el derecho de recibir las prestaciones por desempleo en el lapso y condiciones determinadas por la Secretaría; IV. Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producción de dichas situaciones y las demás que determine la Secretaría y el Reglamento; V. Comunicar de inmediato sus cambios de domicilio; VI. Conducirse con verdad en todo momento, apercibidos que en caso de falsedad en sus declaraciones, le serán retirados los beneficios del Seguro, sin perjuicio de las consecuencias legales procedentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.