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Artículo 6 de la LEY DE PROTECCIÓN Y FOMENTO AL EMPLEO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Al hacer los planes de trabajo y al revisar cómo se comporta el mercado laboral, la persona que encabeza el Gobierno de la Ciudad de México debe analizar cómo están las cosas. Si es necesario, tiene que hacer los cambios que toquen para que haya más empleos en la capital. Básicamente, es su obligación ajustar lo que haga falta para que la gente pueda conseguir trabajo más fácil.

Texto oficial

Artículo 6.- En el marco del diseño de los planes y programas de política de empleo y del análisis del funcionamiento del mercado de trabajo, la persona titular de la Jefatura de Gobierno deberá evaluar las condiciones existentes para determinar, en su caso, las modificaciones pertinentes que procedan a efecto de estimular el empleo en la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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