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Artículo 100 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Ciudad, el Centro es el encargado de certificar a todos los que trabajan en las instituciones de seguridad pública y de acreditar a las empresas de seguridad privada. Para obtener esa certificación, esos trabajadores y empresas deben pasar unas evaluaciones según los requisitos y pasos que marca esta Ley y otras reglas aplicables.

Texto oficial

Artículo 100. La certificación de todos los integrantes de las Instituciones de Seguridad Ciudadana y la acreditación de las empresas de seguridad privada en la Ciudad estarán a cargo del Centro. Dichos integrantes deberán de ser evaluados de conformidad con los requisitos y procedimientos que para cada uno de ellos estén señalados en la presente Ley y demás disposiciones aplicables. Capítulo VI Del Régimen Disciplinario

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.