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Artículo 99 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro es la única oficina encargada de hacer las pruebas de confianza (como exámenes psicológicos, médicos o antidoping) para que una persona pueda entrar, seguir trabajando o subir de puesto en la policía o en otras instituciones de seguridad de la ciudad. También se encarga de revisar y dar el visto bueno a las empresas y agencias de seguridad privada que quieran operar en la Ciudad. Todo esto lo tienen que hacer siguiendo las reglas y leyes que ya están establecidas. En palabras sencillas, es como el filtro que garantiza que tanto los policías como los vigilantes privados sean personas confiables.

Texto oficial

Artículo 99. El Centro será el responsable de efectuar el proceso de evaluación de control de confianza para el ingreso, permanencia y promoción de los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Ciudadana, así como de la acreditación de las instituciones y empresas de seguridad privada que presten sus servicios dentro de la Ciudad, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.