Artículo 115 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los premios o bonos que te den por tu trabajo deben cumplir con lo que dice el Presupuesto de Egresos, o sea, solo se entregan si hay dinero disponible. Estos estímulos solo se les dan a los miembros del grupo que se hayan portado bien, hayan llegado temprano, tengan años en el puesto, muestren ganas de trabajar y hagan bien sus labores. En pocas palabras, no es un regalo para todos: es un reconocimiento para quienes cumplen y se esfuerzan. Además, todo esto lo revisa la Comisión de Honor y Justicia, que es como el grupo encargado de vigilar que se respeten las reglas.
Texto oficial
Artículo 115. Los estímulos y recompensas se ajustarán a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos, en lo relativo a su disponibilidad presupuestal, y se otorgarán a los integrantes que se hayan distinguido por su asistencia, puntualidad, buena conducta, antigüedad, disposición y eficacia en el desempeño de sus funciones. Capítulo VIII Comisión de Honor y Justicia
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.