Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 145 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro de Información Penitenciaria es como una base de datos especial dentro del sistema de información criminal de la Ciudad. Ahí se guardan y controlan los datos de todas las personas que están en la cárcel. Esta base debe incluir, por lo menos, la ficha de identidad de cada reo con su foto y datos biométricos (como huellas dactilares), además de estudios técnicos de expertos, información de sus juicios y cualquier otro dato necesario para tener un expediente completo.

Texto oficial

Artículo 145. El Registro de Información Penitenciaria es la base de datos que, dentro del Registro de Información criminal, contiene, administra y controla los registros de la población penitenciaria de la Ciudad. Dicho registro deberá contar, al menos, con el reporte de la ficha de identificación personal de cada persona privada de su libertad con fotografía y biométricos, debiendo agregarse los estudios técnicos interdisciplinarios, datos de los procesos penales y demás información necesaria para la integración de dicho sistema. Capítulo VII Registro de Estadísticas de Seguridad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.