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Artículo 152 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la policía o las autoridades administrativas te detienen, deben decidir si ratifican (es decir, confirmar oficialmente) tu detención o no. Si deciden no ratificarla, tienen que dejarte libre de inmediato. Además, deben hacer un registro por escrito de que quedaste libre y actualizar tus datos en el Registro correspondiente. Esto es para que quede asentado oficialmente que ya no estás detenido.

Texto oficial

Artículo 152. En los casos en que las Instituciones de Seguridad Ciudadana o aquellas que conozcan de faltas administrativas no ratifiquen la detención realizada por la autoridad, inmediatamente después de decretar la libertad de la persona detenida se dejará constancia de ello y realizará la actualización de información en el Registro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.