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Artículo 88 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 88 dice que el Desarrollo Policial es un sistema completo que incluye todo lo relacionado con la carrera de los policías, como su formación, certificación y las reglas que deben seguir. Su objetivo es que los policías tengan estabilidad en su trabajo, las mismas oportunidades para crecer profesionalmente y un trato justo. También busca que sean más profesionales, tengan ganas de servir a la gente y se sientan parte de la institución, siempre cumpliendo con lo que dice la Constitución. Todo esto se basa en una visión de policía civil, o sea, enfocada en servir a la comunidad.

Texto oficial

Artículo 88. El Desarrollo Policial es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los Integrantes de los cuerpos Policiales y tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales. El Desarrollo Policial se basará en la doctrina policial civil.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.