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Artículo 9 de la LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a manejar un sistema público de información sobre los Centros de Inclusión y Desarrollo (ECI). Ahí vas a encontrar los registros de estos centros, un listado de los espacios y servicios que ofrecen, y también los lugares que se dan mediante Permisos Administrativos Temporales Revocables. Cualquier persona puede consultar este sistema gratis y sin necesidad de pedir permiso. Además, va a estar conectado con otros centros de información locales, de la ciudad y federales, todo en coordinación con las áreas del Gobierno de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 9. La Secretaría tendrá a su cargo el Sistema Integral de Información de los ECI, el cual contendrá las constancias de registro de los ECI, así como el catálogo de espacios y servicios que estos ofrecen, y los espacios otorgados a través de Permisos Administrativos Temporales Revocables. Dicho sistema será público y de acceso abierto y gratuito, deberá contar con vínculos con otros centros de información tanto locales como estatales y federales en coordinación con las áreas responsables del Gobierno de la Ciudad de México. Artículo reformado G.O. CDMX 15/06/23

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.