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Artículo 17 de la LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL, Y SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada persona que vive en un condominio (sea dueño o inquilino) debe usar su departamento o casa de manera tranquila y ordenada. No puedes usar tu espacio para algo que no esté permitido, como poner un negocio si tu escritura dice que solo es para vivienda. Tampoco puedes darle otro uso que no sea el que viene escrito en las reglas del condominio. En pocas palabras, debes respetar para qué fue diseñada tu propiedad.

Texto oficial

Artículo 17.- Cada condómino, y en general los habitantes del condominio, usarán su unidad de propiedad privativa en forma ordenada y tranquila. No podrán, en consecuencia, destinarla a usos contrarios a su destino, ni hacerla servir a otros objetos que los contenidos expresamente en su escritura constitutiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.