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Artículo 4 de la LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL, Y SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tus derechos y obligaciones como dueño de un departamento o local en un condominio están definidos por varias reglas. La principal es esta Ley, su Reglamento y el Código Civil de la Ciudad de México. También influyen las otras leyes que apliquen, la escritura que creó el condominio, el contrato con el que compraste tu propiedad y el Reglamento Interno de tu edificio. Todo eso junto es lo que dice cómo debes comportarte y qué puedes exigir.

Texto oficial

Artículo 4.- Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento, del Código Civil para el Distrito Federal, las de otras leyes aplicables, así como por la Escritura Constitutiva del Régimen, el contrato de traslación de dominio y por el Reglamento Interno del condominio que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.