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Artículo 16 de la LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poner mesas, sillas u otros objetos en la banqueta frente a tu negocio, necesitas tramitar un aviso por internet en el sistema del gobierno. En ese aviso debes registrar tu nombre o el de tu representante legal, y un domicilio donde te puedan enviar notificaciones. También tienes que incluir la clave única de tu establecimiento (SIAPEM), el nombre y la ubicación de tu negocio, cómo vas a colocar los objetos y cuánto espacio van a ocupar en la vía pública, además del número de recibo de pago de derechos. Al final, debes aceptar por el sistema que el gobierno puede cambiar las zonas permitidas por razones de movilidad, seguridad o interés público. Ese aviso debe estar pegado en un lugar visible donde tengas tus cosas en la banqueta.

Texto oficial

Artículo 16.- Para la colocación de enseres e instalaciones a que se refiere el artículo 14 de la Ley, los particulares deberán tramitar su Aviso de colocación de enseres en la vía pública a través del Sistema, para lo cual deberán registrar la siguiente información: I. Nombre de la persona titular o representante legal del establecimiento mercantil, así como domicilio para oír y recibir notificaciones; I bis. Clave Única de Establecimiento del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM); II. Denominación o nombre comercial del establecimiento mercantil y ubicación del mismo; III. Se deroga. IV. Descripción de las condiciones en que se colocarán los enseres e instalaciones, así como la superficie que ocuparán en la vía pública; V. Se deroga. VI. Número de folio del recibo de pago de derechos; y VII. Manifestar, por medio del Sistema, su aceptación y conocimiento de que la Jefatura de Gobierno podrá determinar la modificación de las zonas autorizadas para la colocación de enseres en vía pública, por causas de movilidad, interés social, protección civil, seguridad o cualquier otra que se determine. El Aviso deberá colocarse en un lugar visible de la zona de enseres.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.