Artículo 66 bis de la LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un negocio no cumple con la obligación del artículo 10, Apartado A, fracción VIII bis de esta ley, le aplicarán multas según el tipo de establecimiento. Para los negocios pequeños o de bajo impacto, la multa será de 126 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria vigente. Para los que afectan a la colonia o vecindario, la multa será de 150 a 15,000 veces la UMA de la Ciudad de México. Y para los que impactan a toda una zona, la multa será de 250 a 25,000 veces esa misma UMA. Además de la multa, la autoridad le avisará al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación para que se tomen medidas para que eso no vuelva a pasar. Tanto la autoridad como el Consejo darán seguimiento a que esas medidas se cumplan.
Texto oficial
Artículo 66 bis. El incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 10, Apartado A, fracción VIII bis de la presente Ley, se sancionará de la siguiente manera: a) Para los establecimientos de bajo impacto se impondrá una multa por el equivalente de 126 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria vigente. b) Para los establecimientos de impacto vecinal se sancionará con una multa de 150 a 15,000 veces la Unidad de Medida y Actualización de la Ciudad de México vigente. c) Para los establecimientos de impacto zonal se impondrá una multa de 250 a 25,000 veces la Unidad de Medida y Actualización de la Ciudad de México vigente. Además de dichas sanciones, la autoridad competente deberá dar vista y remitirá al titular del establecimiento mercantil sancionado, con el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a fin de que, de conformidad con la normativa aplicable, se emitan las medidas de no repetición que se estimen conducentes, y dará seguimiento conjuntamente con el Consejo del cumplimiento de las mismas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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