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Artículo 8 Bis de la LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 8 Bis fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. "Derogar" significa que se borra o se deja sin validez esa regla. Así que ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía ese artículo.

Texto oficial

Artículo 8 Bis.- Se deroga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.