Artículo 9 de la LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que atienden en las ventanillas del gobierno de la Alcaldía están obligadas a darte orientación y asesoría sin cobrarte un solo peso para que hagas tus trámites. Esos mismos trámites deben estar publicados en internet, de manera que cualquier persona pueda consultarlos fácilmente. Esto es parte de las obligaciones que tienen los titulares de esas ventanillas, según esta ley.
Texto oficial
Artículo 9.- Los titulares de las ventanillas únicas que operan en la Alcaldía, brindarán orientación y asesoría de manera gratuita a los particulares para la realización de los trámites a que se refiere esta Ley. Dichos trámites deberán estar disponibles en los respectivos sitios de Internet y de forma accesible para la ciudadanía. TITULO III DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TITULARES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.