Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1060 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las servidumbres continuas son las que se pueden usar todo el tiempo, sin necesidad de que alguien haga algo para activarlas. Por ejemplo, un tubo que lleva agua de una propiedad a otra, o una ventana que da luz a la casa de al lado. En cambio, si necesitas subir una escalera cada vez o abrir una puerta, ya no es continua. En corto: si funciona solita sin que el dueño meta mano, entonces es continua.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,060.- Son continuas aquellas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de ningún hecho del hombre.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 199) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.