Artículo 1060 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las servidumbres continuas son las que se pueden usar todo el tiempo, sin necesidad de que alguien haga algo para activarlas. Por ejemplo, un tubo que lleva agua de una propiedad a otra, o una ventana que da luz a la casa de al lado. En cambio, si necesitas subir una escalera cada vez o abrir una puerta, ya no es continua. En corto: si funciona solita sin que el dueño meta mano, entonces es continua.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,060.- Son continuas aquellas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de ningún hecho del hombre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.