Artículo 1131 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño de un terreno que tiene una servidumbre (es decir, un derecho que obliga a que otros usen una parte de tu propiedad), puedes hacer un acuerdo para quitarte esa obligación, pero con ciertas condiciones. Por ejemplo, si la servidumbre beneficia a toda una comunidad o a alguna zona de la Ciudad de México, el acuerdo no sirve a menos que el Gobierno de la Ciudad lo apruebe; aunque sí afecta a las personas que firmaron la renuncia. Si la servidumbre es para uso del público en general, como una calle o un paso común, el acuerdo no vale para nada. Si es para paso o desagüe, necesitas que los vecinos de los terrenos de alrededor lo acepten, o al menos el dueño del lugar por donde pasará la nueva servidumbre. Por último, si renuncias a una servidumbre de desagüe, solo será válido si no va en contra de los reglamentos locales.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,131.- El dueño de un predio sujeto a una servidumbre legal, puede, por medio de convenio, librarse de ella, con las restricciones siguientes: (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000) I.- Si la servidumbre está constituida a favor de una demarcación territorial del Distrito Federal, no surtirá el convenio efecto alguno respecto de toda la comunidad, si no se ha celebrado interviniendo el Gobierno del Distrito Federal en representación de ella; pero sí producirá acción contra cada uno de los particulares que hayan renunciado a dicha servidumbre; II.- Si la servidumbre es de uso público, el convenio es nulo en todo caso; III.- Si la servidumbre es de paso o desagüe, el convenio se entenderá celebrado con la condición de que lo aprueben los dueños de los predios circunvecinos, o por lo menos, el dueño del predio por donde nuevamente se constituya la servidumbre; IV.- La renuncia de la servidumbre legal de desagüe sólo será válida cuando no se oponga a los reglamentos respectivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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