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Artículo 1132 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas son dueñas de un terreno (como cuando lo heredan entre hermanos o lo compran juntos), y una de ellas usa el derecho de pasar por otro terreno (como una servidumbre), ese uso cuenta para todas las que son dueñas. Eso evita que se pierda el derecho por el paso del tiempo. No importa si los demás no lo usan, con que uno lo haga, ya se detiene el reloj de la prescripción. Es como que el uso de uno beneficia a todo el grupo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,132.- Si el predio dominante pertenece a varios dueños pro indiviso, el uso que haga uno de ellos aprovecha a los demás para impedir la prescripción.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 208) ↗

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