Artículo 1245 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1,245 ya no es válido, fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no tiene ningún efecto legal. Quedó derogado, o sea, cancelado, por un cambio en la Ley Federal sobre el Derecho de Autor desde 1948. Así que puedes olvidarte de ese artículo, no aplica para nada en la actualidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,245.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.