Artículo 125 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 125 fue eliminado de la ley. La palabra "derogar" significa que ya no es válido ni se aplica. Esto pasó el 3 de enero de 1979, cuando se publicó un cambio en el Diario Oficial de la Federación. Entonces, desde esa fecha, este artículo dejó de existir como obligación legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 125.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 3 DE ENERO DE 1979)
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